Enlistó la Suprema Corte para el próximos jueves el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara para anular las elecciones de jueces y magistrados por voto popular en la Reforma Judicial, pero respetando el sufragio para designar ministros y los tribunales Electoral y de Disciplina.

El pleno de la Suprema Corte que preside Norma Piña determinó discutir el jueves 31 de octubre la propuesta para declarar inconstitucional parte de la Reforma Judicial, anulando algunos efectos.

El darse a conocer el proyecto del ministro, la Suprema Corte hizo público el mismo, «relacionado con los expedientes vinculados a la denominada Reforma Judicial del 15 de septiembre de 2024».

Se trata de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI, MC, el partido local Unidad Democrática de Coahuila y diputados del Congreso del Estado de Zacatecas en contra de la Reforma Judicial.

La sentencia como la diseñó el ministro González Alcántara resuelve que es «parcialmente procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad» y declara invalidez de la elección mediante voto popular de jueces de distrito y magistrados de circuito, así como la figura de jueces «sin rostro».

¿Qué propone el proyecto?

Invalidar la elección mediante voto popular de jueces de distrito y magistrados de circuitos federales.

Invalidar la figura de “jueces sin rostro” que protegerá la identidad de los juzgadores.

Valida la elección de ministros de la Suprema Corte, magistrados del Tribunal Electoral y del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, eso quiere decir que si aprueban el proyecto de todos modos van a renovar toda la Suprema Corte mediante voto popular.

El Gobierno -Poder Ejecutivo- y las mayorías morenistas en las cámaras de diputados y senadores del Poder Legislativo han insistido en que no reconocerían una proyecto de la Corte que cancele la Reforma Judicial porque no está en sus atribuciones y contradice a la Constitución.

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