El Banco del Bienestar dispersará apoyos de los programas sociales del gobierno Federal a través de pago modernos, con la capacidad y legitimidad para generar nuevos recursos y medios.
Utilizará su infraestructura para recibir, administrar y dispersar los recursos, haciéndolos llegar de manera eficiente y transparente a la población objetivo, incidiendo en la inclusión financiera a través de una oferta de servicios que contribuyan al bienestar de dicha población.
Se robustecen así las facultades que actualmente tiene Bansefi, para dotar al Banco del Bienestar de mayor capacidad de operación, especialmente para el otorgamiento de los recursos que se ministren por medio de la política social de bienestar.
Además, para desarrollar capacidades para ampliar su oferta de productos y servicios en condiciones equitativas para quienes no han tenido acceso a servicios financieros formales o éstos sean limitados.
Asimismo, se establece el marco regulatorio aplicable y necesario para que pueda operar como una institución fiduciaria ad hoc al actual modelo económico, financiero y político, y que pueda participar como institución fiduciaria en operaciones de emisión de certificados bursátiles de emisoras privadas y públicas.