En ellas destacó principalmente que, a nivel nacional en general, las inasistencias ya no son un factor reprobatorio para los alumnos, ni de primaria ni de secundaria. Sin embargo en Chihuahua, donde continúa la aplicación del modelo educativo 2017, aún se necesita el 80 por ciento de asistencia para aprobar el curso a partir del tercer grado de primaria.
En una revisión comparativa de las normas de los distintos modelos se constató que no hay muchos cambios en lo referente a criterios de evaluación y promoción para los estudiantes de educación básica. En ambos la calificación promedio mínimo aprobatoria es de 6 en los campos formativos, que otrora se conocieran como Campos de Formación Académica.
Estos campos se dividen en: Lenguajes, que comprende las disciplinas de Español, Lengua indígena como Lengua Materna, Lengua Indígena como segunda lengua, Inglés y Artes; Saberes y pensamiento científico con las disciplinas de Matemáticas y Ciencias (Biología, Física y Química); Ética, naturaleza y sociedades, donde se incluyen las disciplinas de Formación Cívica y Ética, Historia y Geografía; así como de lo humano y lo comunitario que abarca Educación Física, Tecnología y Educación Socioemocional/Tutoría.
De estas últimas sólo la Educación Socioemocional no se considera para la acreditación en el nivel secundaria. Para todas las demás la calificación mínima aprobatoria es de 6.
De los cambios más destacables se encuentra que en el modelo que aplicará Chihuahua desde el nivel preescolar hasta el segundo grado de primaria aún se acredita con el solo hecho de haberlo cursado. En el nuevo modelo esto sólo aplica hasta el primer grado de primaria y desde segundo grado el promedio final de 6 es indispensable para que el alumno apruebe el curso.
En el nuevo modelo y según los nuevos criterios la asistencia se tomará y se añadirá en la boleta de calificaciones, sin embargo aclaran que ya no es un criterio para la acreditación: “Asistencia entendida como el número de días que la alumna o el alumno asistió a la escuela, se utiliza como un referente para la reflexión del Personal docente, Personal docente responsable de registro, madres, padres de familia o tutoras(es) y alumnas y alumnos, sin embargo, no se considera como un criterio para la acreditación”.