Dichos casos fueron detectados y denunciados por la Auditoría Superior del Estado (ASE) como parte de su labor de fiscalización y se suman a los otros 12 casos denunciados y determinados por el pleno del Tribunal Estatal con responsabilidad administrativa por faltas graves.
En las últimas dos sesiones celebradas de manera pública, el Pleno del Tribunal desahogó los asuntos y dictó las resoluciones correspondientes.
En lo que respecta a los particulares sancionados cuyas iniciales son I.B.C. y J.A.O.C. se les impuso una sanción económica por haber presentado información falsa para obtener apoyos por la cantidad de 74 mil 224 pesos, derivados del programa de Apoyo a las Empresas del Sector Restaurantero y Eventos Sociales del Fideicomiso Estatal para el Fomento de las Actividades Productivas en el Estado de Chihuahua (FIDEAPECH) en la Cuenta Pública 2020, de cuya revisión desprendió la irregularidad mencionada.
En los casos en los intervienen servidores públicos, el TEJA determinó con responsabilidad a la persona de iniciales G.R.CH. quien en el 2019 mientras se desempeñaba como tesorero del municipio de Juárez hizo la contratación simultánea de dos despachos para tramitar ante la Secretaría de Hacienda estatal la devolución del Impuesto Sobre la Renta, cuando no era necesario realizar ningún procedimiento para ello.
La determinación de la responsabilidad del tesorero por desvío de recursos públicos fue consecuente a la revisión financiera de la Cuenta Pública 2019 del Municipio de Juárez (administración anterior) realizada por la ASE qué, tras el hallazgo presentó ante el TEJA la denuncia en la que detalla la celebración de dos contratos sin evidencia del trabajo realizado por los particulares, uno con Certus Aplicaciones Digitales S.A. de C.V. por 249 mil 500 pesos y otro con Consultoría Fiscal y Gubernamental G2 y Bouret S.C a la cual se le acreditó un pago por 187 mil 843 pesos.
El TEJA dio a conocer la responsabilidad, sin detallar el sentido de la sanción impuesta.
El segundo de los casos referidos de servidores públicos es el de la persona de iniciales V.T.M. quien en el 2019 al mismo tiempo que cumplía con su función como Síndica de Santa Isabel, celebró un contrato como proveedora del mismo municipio por 170 mil pesos en el qué, pese a su cargo público manifestó no tener impedimento legal para hacerlo, contraviniendo así lo establecido legalmente.
Cabe destacar que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua, establece que los entes públicos se abstendrán de recibir propuestas o adjudicar contrato alguno con personas a las que desempeñen o hayan desempeñado hasta un año antes un empleo, cargo o comisión en el servicio público.
El TEJA determinó la existencia de responsabilidad de la ex síndica y le impuso una inhabilitación de tres meses para participar en cualquier proceso de adquisiciones, arrendamientos o servicios.
Caso similar al anterior ocurrió con el servidor público de iniciales C.A.R.A. a quien el Tribunal determinó responsable de falta administrativa grave, pues registró a la empresa “AA PRINT S.A. de C.V.” en el Padrón de Proveedores del Municipio de Chihuahua manifestando no tener ninguna de las limitantes de la Ley de Adquisiciones, sin embargo, en ese momento tenía el cargo de regidor en el municipio de Gómez Palacio en el estado de Durango.
C.A.R.A. presentó una manifestación bajo protesta de decir la verdad, negando el supuesto legal y obtuvo dos contratos de arrendamiento y publicidad por un monto de 1.5 millones de pesos, lo cual fue advertido por la ASE durante la revisión de la Cuenta Pública 2019 del del Municipio de Chihuahua. Ante la falta, el TEJA determinó la responsabilidad y le impuso inhabilitación por tres meses para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
En estos dos casos descritos, el Pleno del Tribunal advirtió la posibilidad que junto con la inhabilitación se incluya además una sanción económica, pendiente a determinar.
El quinto servidor público sancionado fue J.F.H; quien mientras se desempeñaba como regidor del Ayuntamiento de Santa Isabel y miembro del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos autorizó una contratación directa de él mismo como proveedor de ese municipio para la elaboración y venta de alimentos por un monto de 241 mil 747 pesos, durante el ejercicio 2020. Por ese hecho el TEJA lo encontró responsable de actuación bajo conflicto de interés, sin embargo, dejó pendiente el dar conocer el establecimiento de la sanción correspondiente.
Es importante destacar que de febrero del 2021 a la fecha el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa le ha admitido a la ASE 109 asuntos para su análisis y, en su caso, la determinación de responsabilidad.