Tras la detección de la falta y denuncia de la Auditoría Superior del Estado (ASE), el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA) ordenó la destitución e inhabilitación de la servidora pública que durante el ejercicio de la Cuenta Pública 2020 (administración anterior) omitió la transferencia de poco más de $364 millones de pesos de las aportaciones recaudadas por la Secretaría de Hacienda a favor de la Cruz Roja, el Fideicomiso para la Competitividad y Seguridad Ciudadana (FICOSEC) y el Fideicomiso Fondo Social del Empresariado Chihuahuense (FOSECH), conocido como FECHAC.
Se trata de quien en su momento fuera la directora de Programación, Control de Pagos y Seguimiento Financiero de Inversiones, de iniciales A.M.R.S. en cuya labor recaía la responsabilidad de haber transferido el recurso a cada una de las organizaciones beneficiarias.
El TEJA determinó la existencia de responsabilidad por la falta grave de abuso de funciones y en consecuencia dictó la sanción que la destituye del empleo, cargo o comisión e inhabilita por tres meses.
Al revisar la Cuenta Pública 2020 de la Secretaría de Hacienda, la ASE encontró que las transferencias de los recursos financieros destinados a FICOSEC por 135 millones 679 mil 843 pesos; FOSECH por 225 millones 716 mil 810 pesos y la Cruz Roja por otros $2 millones 658 mil 561 pesos se hicieron de manera extemporánea por lo cual señaló la observación, que, al considerarse una falta grave fue remitida al TEJA.
Hay que recordar que el Gobierno del Estado recauda una contribución extraordinaria a través del pago del Impuesto Sobre la Nómina y del Derecho de Control Vehicular, dotación o canje de placas metálicas de identificación vehicular o expedición de licencia de conducir para beneficio de estas organizaciones mencionadas.
La resolución señala que, aunque en el siguiente ejercicio, 2021, se hizo la transferencia de recursos financieros a las instituciones beneficiarias, no fue en el tiempo establecido para ello; ya que de acuerdo con los decretos publicados y la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua aplicable a cada uno de los casos debieron realizarse mensualmente para la Cruz Roja; cinco días hábiles después a que Hacienda recabó la contribución para FOSECH y los días 17 de cada mes calendario posterior a la recaudación para FICOSEC.
Dado que, aunque a destiempo la transferencia fue realizada, se determinó que la conducta de la entonces servidora pública no derivó en algún daño patrimonial.
La resolución que fue notificada a la ASE, fue dictada el pasado 24 de septiembre del presente año por la Cuarta Sala TEJA a cargo del magistrado, Luis Eduardo Naranjo Espinoza. Expediente 079/2023-JRA.