En la sentencia, los magistrados impusieron una condena de 160 años, sin embargo, al momento en que ocurrieron los hechos, la norma penal establecía un máximo de 60 años de cárcel para el delito del que fue acusado.
Los magistrados Claudia Cony Velarde, César Ramírez Franco y Gerardo Acosta Barrera recibieron la apelación presentada por la Fiscalía General del Estado (FGE), en la cual, de manera unánime, resolvieron revocar la sentencia previa e imponer, en su lugar, una pena privativa de la libertad y la reparación del daño a las víctimas.
El 10 de agosto de 2023, “El Cumbias” fue exonerado por los jueces Zulema Sandoval Chacón, Érik Nevárez Estrada y Armando Durazo Peregrino, dentro del juicio oral 48/2022 en el que se le acusaba por el homicidio de ocho personas durante una incursión de grupos armados las comunidades San Juanito y Creel, el 15 de marzo de 2010. Al día siguiente, egresó del Centro Estatal de Reinserción Social (Cereso) No. 1, de Aquiles Serdán.
Dichos jueces desecharon las pruebas presentadas por el Ministerio Público al considerar que no acreditaban la participación del acusado, pero sí dieron valor al peritaje realizado en “Power Point” por los abogados defensores.
No obstante, el 21 de diciembre del año pasado fue recapturado en la ciudad de Chihuahua, posesión de un auto robado, 3.386 kilogramos de cocaína, dos armas calibre 9 milímetros y una bolsa con 88 mil pesos. Actualmente está en prisión preventiva.
En la nueva resolución, los magistrados sí dieron valor probatorio al video presentado por la Fiscalía, el cual fue tomado el día de los hechos; también validó el peritaje realizado para acreditar que quien aparecía en dicha grabación era el acusado.
De acuerdo con el fiscal General, César Jáuregui Moreno, en dicho peritaje se utilizó el software denominado ‘Animetrics’ que fue desarrollado en Israel para identificar a terroristas y se utilizó en Boston para detener al responsable del atentado en la maratón de aquella ciudad en el 2013.
Los datos expuestos en la acusación señalan que “El Cumbias” era cabecilla de la facción Gente Nueva del Cártel de Sinaloa que, en marzo de 2010, ingresó a las comunidades de San Juanito y Creel, en el municipio de Bocoyna.
En su paso, los sujetos armados asesinaron a Guillermo Alfredo Gil Torres, de 20 años; Jesús Fidel Manjarrez Alonso, de 36; Alfredo Jiménez Ruiz, alias ‘El Fello’, de 22; José Luis Beltrán González, de 49 años; Paul Ramiro Solís Rascón, de 26 años; Luis Manuel Solís Castillo, de 27 años; Margarita Cabado Torres, de 18 años y Ventura Rodríguez Gil de 29 años.
El ataque dejó además con heridas a una mujer de 33 años, a otra de 34 años, a un hombre de la misma edad y a una menor de tan solo 14 años.
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) logró capturarlo en diciembre de 2010 tras un enfrentamiento en la ciudad de Delicias, en el que él perdió el brazo derecho y falleció su hermano, Ever Horacio.
Tras la detención, el Ejército también lo señaló como uno de los líderes de la célula delictiva “Gente Nueva” que opera en los municipios de Delicias, Rosales, Meoqui, Conchos, Saucillo, Camargo, Jiménez y Parral.
Los primeros años de su reclusión estuvo en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 11 de Sonora, hasta que fue extraditado a Chihuahua en 2018, donde logró evitar el juicio gracias a varios amparos hasta que, finalmente, en 2023 fue presentado ante un tribunal.
Al momento de la liberación del “El Cumbias”, la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, Myriam Hernández Acosta, lamentó la absolución y destacó que los jueces dieron este fallo como resultado de una serie de evidencias limitadas y deficientes que presentó la Fiscalía General del Estado.
Asimismo, la gobernadora María Eugenia Campos Galván, lamentó la liberación de quien consideró un generador de violencia con un amplio historial delictivo, por lo que expresó que buscarían todos los recursos legales para que Enrique López Acosta “vuelva a dónde tiene que estar” y ordenó a la FGE interponer la apelacion que, finalmente, redundó en la sentencia de 160 años de cárcel.