La Suprema Corte de Justicia de la Nación no reducirá el sueldo a la ministra Lenia Batres Guaderrama, pues el salario no es una prestación, por lo que para ganar igual o menos que AMLO, la jurista tendrá que devolver la cantidad sobrante directamente a la Tesoreria de la Federación.

En un oficio dirigido a la presidenta de la Corte, Norma Piña, la ministra Lenia Batres solicitó también su inscripción al ISSSTE, renunciando así al servicio de gastos médicos privados que disfrutan otros miembros del tribunal.

A través de Twitter, la Ministra expresó: «En congruencia con lo que he expresado en múltiples ocasiones, solicité formalmente a la @SCJN que mi remuneración como ministra no exceda lo que determina la Constitución, y que se me inscriba al ISSSTE, no a alguno de sus seguros privados». El oficio correspondiente fue compartido junto con este mensaje.

El periódico Proceso confirmó que la respuesta de la Corte a la solicitud de la Ministra fue negativa. Aunque se le permitiría renunciar a prestaciones adicionales por escrito, la institución alega que su salario, que fue asignado al momento de su incorporación a la Corte, no puede ser modificado.

En consecuencia, la SCJN continuará depositando el salario completo en la cuenta de Lenia Batres, y si así lo decide, la Ministra reintegrará a la Tesorería de la Federación (Tesofe) el monto que considere que excede los límites establecidos por la Constitución.

En cuanto a la solicitud de inscripción al ISSSTE, la Corte explicó que no es posible atenderla debido a que, por un precedente establecido por el Pleno, los ministros son equiparados a patrones y no pueden cotizar en dicho instituto. Además, la Carta Magna no les concede el derecho a una pensión del ISSSTE, ya que se les otorga un haber de retiro, evitando así una doble percepción por un mismo trabajo, lo cual sería contrario a la Constitución.

La petición de Lenia Batres se basó en el artículo 127 fracción II de la Constitución, que prohíbe que cualquier servidor público gane más que el presidente. Sin embargo, la SCJN aclaró que, aunque la Constitución impide la reducción de salarios de los ministros, la Ley Federal de Remuneraciones de 2019 establece un tope salarial, resultando en la reducción del 25% en los salarios de los ministros que ingresaron después de dicha modificación legal.

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