Chihuahua, Chih.- El Ministerio Público Federal, que atrajo el caso de David Efraín G. R., alias “Drugs R’ Us”, eliminó la acusación de narcotráfico en su contra, pese a que fue vinculado a proceso por este delito por un juez de Control local, debido a la gran cantidad de droga que le aseguró la Fiscalía General del Estado (FGE) al momento de su detención; gracias a esto, sólo fue sentenciado por la venta de 45.85 gramos de cannabis sativa y de dos cartuchos de mariguana, en un procedimiento abreviado que le permitió el beneficio de libertad condicional.

Fue el pasado 10 de octubre cuando el juez de distrito adscrito al Centro de Justicia Penal Federal, Vladimir Véjar Gómez, dictó sentencia condenatoria de 3 años y 10 meses de prisión en contra de “Drugs R’US”, tras haber sido acusado por la Fiscalía General de la República (FGR) sólo por delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudo, en su vertiente de venta de estupefacientes, formulada, dentro del proceso penal 144/2022.

También renunció al juicio oral, admitió, de manera voluntaria y con conocimiento de sus consecuencias, su responsabilidad por los delitos que se le acusó y aceptó ser sentenciado con base en los datos de prueba que expuso el fiscal federal al formular acusación

No obstante, con la aplicación de beneficios concomitantes al procedimiento abreviado y por habérsele impuesto una pena menor a cuatro años, recibió la libertad condicional y egresó del penal de Aquiles Serdán al día siguiente.

David Efraín fue detenido por la Agencia Estatal de Investigación (AEI) en flagrancia, el 22 de julio del año pasado, tras concluir una venta de sus productos a un lado de Costco. Además, los agentes, que habían monitoreado sus actividades, catearon una vivienda del fraccionamiento Campestre Washington de la que lo vieron entrar y salir en varias ocasiones.

En ese lugar había varios kilos de marihuana exótica, además de cientos de productos comestibles con tetrahidrocannabinol (THC) como gomitas, paletas, galletas, chocolates, tamarindos, barras de arroz y palomitas de maíz, además de vaporizadores electrónicos de cera o WAX y tabletas de MDMA, con un valor estimado de cinco millones de pesos.

Fue presentado por el Ministerio Público local ante un juez de control del fuero común quien, al considerar la cantidad de droga asegurada, le dictó auto de vinculación a proceso por el delito de narcomenudeo en modalidad de venta, previsto en la Ley General de Salud, pero también por el de narcotráfico, establecido en los artículos 193; 194, fracción I y 195 del Código

Penal Federal, dando vista a la FGR para que atrajera el caso por ser de su competencia.

Sin embargo, al presentar al juez federal la solicitud para celebrar un procedimiento abreviado en contra del imputado, la FGR excluyó la acusación de narcotráfico y señaló sólo los hechos referentes a la venta de 45.85 gramos de marihuana por la que fue detenido en flagrancia.

El MP federal expuso en su acusación que, aproximadamente entre las 17:50 y 18: 10 horas del 22 de julio de 2022, en la calle María Montessori, de la colonia Misiones I, en la ciudad de Chihuahua, sobre la acera derecha de la calle, a un lado de la tienda Costco, el acusado vendió a D. F. L. la cantidad neta de 12.22 gramos de cannabis sativa y a J. A. G. A., la cantidad total de 33.63 gramos de la misam sustancia, además de dos cartuchos de vapeador que contienen tetrahidrocannabinol (THC), en una concentración de isómero Delta 0, mayor al 1 por ciento.

Con su consentimiento para someterse al procedimiento abreviado, “Drugs R’ Us” también renunció al juicio oral, admitió, de manera voluntaria y con conocimiento de sus consecuencias, su responsabilidad por los delitos que se le acusó y aceptó ser sentenciado con base en los datos de prueba que expuso el fiscal federal al formular acusación.

En este sentido, el juzgador estimó que los datos de prueba presentados eran idóneos, pertinentes y lícitos, para establecer, más allá de toda duda razonable, que David Efraín participó como autor material en un hecho delictivo que puso en peligro el bien jurídico de la salud pública.

Respecto a la individualización de la pena, el juez estimó, sin embargo, que la conducta reprochada puso en mínimo riesgo dicho bien jurídico ya que sólo se demostró la venta de estupefacientes relacionada con la causa.

Asimismo indicó que, de conformidad con los artículos 234-237, 475 y 479 de la Ley General de Salud, el delito del que se le acusó se sanciona con cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 400 días multas. Sin embargo, se redujo la pena en una veinticuatrava parte de la mínima, lo que concluye en una sentencia de de 3 años y 10 meses de prisión y multa de 18 mil 378 pesos, equivalente a 191 Umas.

También, al ser la pena impuesta menor a cuatro años, además de considerar que Drugs R’US es primo delincuente, se le concedió la libertad condicional, con el pago de una garantía de 5 mil pesos y la obligación de: permanecer en un lugar de residencia durante el tiempo de la condena, tener una ocupación lícita, abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y emplear estupefacientes y presentarse ante el Centro de Justicia Federal o la autoriad encargada de su cuidado y vigilancia cuando sea requerido.

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