La empresa Aras Investment Business Group, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, revocó en todas y cada una de sus partes el poder otorgado a los abogados Luis Alberto Benavidez Rojas y Alexis Benavidez Miramontes, el primero de los cuales está citado a comparecer mañana a la audiencia de imputación por el delito de fraude, cometido en perjuicio de miles de personas.

La revocación de los poderes ocurrió desde el 23 de noviembre del presente año, ante el licenciado Pedro del Paso Regaert, Notario Público número 65 de la Ciudad de México, mediante el instrumento 103,344.

Dicha revocación a su vez fue notificada a la licenciada María del Rosario Hernández Bejarano, titular de la Notaria Número Diecisiete en ejercicio en el Distrito Judicial Morelos, del estado de Chihuahua, para que a su vez haga las inscripciones necesarias, toda vez que ante ella fue otorgado el poder a los abogados Benavidez Rojas y Benavidez Miramontes.

Dicho poder a los litigantes constaba en el acta inscrita bajo el número ocho mil trescientos treinta, a folios doscientos cincuenta y cuatro del volumen ocho libro de registro de actos fuera de protocolo, de la Notaría Número Diecisiete, de fecha nueve de febrero de dos mil veintitrés.

En el acta levantada ante el notario público número 65 de la ciudad de México, fue advertido el compareciente que retira la revocación –cuya identidad es desconocida“que declarar falsamente ante Notario constituye un delito en términos de los artículos ciento setenta y siete de la Ley del Notariado para la Ciudad de México y trescientos once del Código Penal vigente en la ciudad de México, delito que es sancionado con pena privativa de la libertad y multa”.

“Hecha la advertencia anterior –continua el documento levantado por el Notario Pedro del Paso Regaert- protesta formalmente conducirse con verdad en todas las declaraciones que formule ante mí”.

“Que por el presente instrumento y a nombre de su representada, Aras Investment Business Group, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, revoca en todas y cada una de sus partes, los siguientes poderes: A) Poder General Amplísimo para pleitos y cobranzas; B) Poder General para Administrar los Bienes y Negocios de la Sociedad; y C) Poder general para actuar como responsable de los actos de administración en materia laboral”.

Poder “otorgado mediante ratificación de firmas de documentos de fecha nueve de febrero de dos mil veintitrés en Chihuahua, Chihuahua, ante la licenciada María del Rosario Hernández Bejarano, titular de la Notaría Número Diecisiete en ejercicio en el distrito judicial de Morelos, Estado de Chihuahua, en acta inscrita bajo número ocho mil trescientos treinta, a folios doscientos cincuenta y cuatro del volumen ocho libro de registro de actos fuera de protocolo con fecha nueve de febrero de dos mil veintitrés, en favor de los señores licenciados Luis Alberto Benavidez Rojas y Alexis Benavidez Miramontes”, indica el acta notarial de revocación.

Por lo anterior, continúa el documento, “el poder antes citado queda sin valor y efecto”, declarando “el compareciente que notificara a los señores licenciados Luis Alberto Benavidez Rojas y Alexis Benavidez Miramontes, de la revocación de su poder”.

Dicho acto jurídico levantado ante la Notaría Número 65 en la Ciudad de México fue enviado por correo electrónico el día 28 de noviembre del presente a la Notaria Número 17 con sede en esta ciudad de Chihuahua, con la finalidad de comunicar “la revocación de un poder otorgado mediante acta inscrita bajo el número ocho mil trescientos treinta, a folios doscientos cincuenta y cuatro del volumen ocho libro de registro de actos fuera de protocolo con fecha nueve de febrero del dos mil veintitrés, en favor de los señores licenciados Luis Alberto Benavidez Rojas y Alexis Benavidez Miramontes, misma que ha sido revocada en los términos del documento que anexo. Quedó atenta a su confirmación de recibido asi como al aviso de colocación de la nota”.

La Notaría Pública Número 17 confirmó la recepción del correo electrónico, ese mismo día, durante la tarde, anticipando que “procederemos a realizar la anotación correspondiente”.

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