Se puede pedir al fisco la devolución a través de la página de Internet del SAT donde deberás realizar los siguientes pasos:
- Dar click en la parte superior derecha donde dice Buzón Tributario.
- Capturar RFC, contraseña o la e-firma y se debe pulsar enviar.
- Luego ir a la pestaña de trámites y devoluciones para llenar un formulario.
- Como cuarto paso se tienen que ingresar los archivos con los documentos del trámite escaneados.
- Firma y envía el trámite con apoyo de la firma electrónica.
- Guarda e imprime el acuse de recibo electrónico.
- Si el fisco analizó que es aprobatoria la devolución, en 10 días se regresa el saldo como mínimo y sino en un máximo de 40 días.
- Sino se devuelve, el contribuyente debe dar aviso a través de la página del SAT a través del Buzón Tributario o en el espacio de Trámites.
El SAT estableció el mes de abril para realizar la declaración anual de personas físicas y en una de las ventajas es que si se presenta a tiempo puede haber un saldo a favor.
En contraste, el no pagar impuestos podría acarrear problemas futuros para el contribuyente, por ello estos son los consejos para evitarlo.