Los errores al cantar el Himno Nacional en eventos públicos ahora serán castigados con multa y cárcel.

El grupo parlamentario de Morena, que es mayoría en la Cámara de Diputados, propuso homologar a cuatro años de prisión la sanción a aquellos que no canten bien el Himno, así como a quienes distorsionen los colores y forma de la bandera nacional.

Mediante reformas a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales y al Código Penal Federal, se plantea un aumento en las horas de arresto, de 36 a 72 horas.

Además, se propone la nueva sanción de hasta 4 años de prisión.

La legislación ya prevé una multa de hasta 10 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el caso de la primera falta.

Con la reforma, se prevén hasta 20 mil veces en caso de reincidencia y por cada día que persista la infracción, lo que equivale a 2 millones 74 mil pesos.

Firmada por la diputada Ana Elizabeth Ayala, la iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, advierte que hay cantantes «consagrados» que en eventos masivos no se saben las estrofas del Himno Nacional o lo entonan mal, como son los casos de Pablo Montero, Jorge «Coque» Muñiz, Ana Bárbara y María León.

En un caso más recientemente, dice la iniciativa, la cantante Ángela Aguilar realizó modificaciones en la entonación del Himno.

«Desde la infancia, se nos enseña el respeto a nuestros lábaros patrios. En la educación primaria, cada lunes se realizan honores a la bandera, con el objetivo de inculcar el respeto y la solemnidad que conlleva participar en actos cívicos relacionados con nuestros tres emblemas nacionales», señala la iniciativa.

«No obstante, el hecho de que exista una ley en la materia no ha sido impedimento para que muchas veces se hayan violentado los términos estipulados en dicho ordenamiento, los casos más comunes son equivocaciones al momento de interpretar el himno nacional o alterar la bandera con mensajes, leyendas o cambio de colores», agrega la propuesta.

Explica que la bandera también ha sido modificada con mensajes o nombres de personajes, como el caso del «Caramelo», que en eventos deportivos porta un jorongo que tiene la bandera nacional, pero le pone su nombre y logos de una marca deportiva, lo cual es una infracción a la legislación.

En la argumentación de la iniciativa, la diputada Ayala agrega que se deben resolver las discrepancias que hay en las sanciones estipuladas por la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, y el Código Penal Federal.

En el Código Penal Federal, en su artículo 191, establece que el ultraje al Escudo o al Pabellón Nacional puede resultar en una pena de seis meses a cuatro años de cárcel, y multas de entre 50 y 3,000 pesos, según el criterio del juez.

En el artículo 192 del mismo Código Penal Federal, se establece que quien haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión, y multa de veinticinco a mil pesos.

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