“La presente iniciativa tiene como finalidad garantizar que el Presidente de la República y su Gabinete se encuentran en condiciones de salud mental aptas para gobernar, estableciendo un examen de salud mental previo a la elección y de manera anual, puesto que se trata de un tema de seguridad nacional”, se indica en la iniciativa.
En la iniciativa de la bancada panista se advierte que peligra la soberanía y seguridad nacional cuando los funcionarios encargados de protegerla, en todos los niveles del Estado, no están en condiciones de hacerlo, pudiendo poner en peligro la misma existencia del Estado.
En la propuesta de reforma a los artículos 6, 69 y 82 de la Constitución se menciona que en los últimos sexenios, ante especulaciones o por cuestiones de índole política, se ha pedido el estatus de salud del Presidente en turno, además de su expediente clínico, lo cual ha sido negado en todo momento por tratarse de información reservada.
De acuerdo con información periodística existen al menos siete solicitudes de información a distintas dependencias federales, en las que se requirió al expediente clínico o valoración médica y resultado de las pruebas físicas realizadas a AMLO, mismas a las que se les dio respuesta negativa, con el mismo argumento de que es información confidencial por tratarse de datos personales o como información inexistente, menciona la iniciativa panista.
“La información sobre el estado de salud de los jefes de Estado es información de interés público, a la sociedad le interesa saber si su Presidente y su equipo de trabajo gozan de plenas facultades, para tomar las decisiones que promuevan su bienestar y desarrollo“, se argumenta en el texto publicado en la Gaceta Parlamentaria.
“El conocimiento de la buena o mala salud mental del Presidente así como de sus riesgos y complicaciones genera certidumbre a la ciudadanía y limita la especulación y la generación de hipótesis erróneas”.
Para darle certidumbre a las decisiones que toma AMLO, se agrega, es necesario que existan en la legislación nacional supuestos específicos en los que la información de la vida privada de las personas y sus datos personales puedan publicarse, cuando su privacidad afecte el interés público la seguridad nacional, la seguridad el orden y la salud pública o los derechos de terceros.
En el artículo sexto constitucional, que habla sobre el derecho a la información, plantea que el estado de salud mental del Presidente de la República, los Secretarios y subsecretarios de Estado y del Fiscal General de la República sea información de interés público y quede fuera de la protección y reservas de ley.
En tanto, en el artículo 69, que habla sobre la apertura de las sesiones del Congreso General el primero de septiembre y de la entrega del informe de gobierno, se propone añadir que también se presentará un informe clínico actualizado en versión pública, donde se haga constar de la buena salud mental del titular del ejecutivo Federal y de los demás funcionarios mencionados, por medio de un examen médico.
En el artículo 82 de la Constitución, en el que están los requisitos para ser Presidente, se propone añadir dos fracciones, respecto a tener un buen estado de salud mental, que deberá acreditarse con estudios técnicos y dictámenes médicos de conformidad con las normas aplicables y la ley en la materia.
Esos estudios deben hacerse públicos 90 días antes el día de la elección, y no tener padecimientos mentales ni los comprendidos en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.
Con información de Vanguardia.