Será el juez cívico quien determine si está o estas personas tienen que pagar una sanción administrativa o ser remitido a los separos municipales hasta por 36 horas.
Así lo dio a conocer el director de seguridad pública municipal, GIlberto Loya Chávez, quien explicó que la autoridad municipal, al detectar una persona que no porte cubreboca en la vía pública, deberá emitirle una sanción o llamada de atención del tipo verbal.
En caso de que la persona se rehuse a portar un cubreboca, el policía municipal deberá detenerlo y presentarlo ante un juez cívico.
Loya Chávez comentó que el decreto presentado por el gobernador el pasado domingo le da a los ayuntamientos la facultad de ejercer este tipo de acciones.