Después de que el pleno del Poder Legislativo aprobó la expedición de la Ley de Pueblos Indígenas, el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso del Estado, Cuauhtémoc Estrada Sotelo celebró el hecho, destacando que por primera vez se trabajó de la mano de las comunidades originarias de Chihuahua.

Recordó que durante los trabajos efectuados en la mesa técnica se escucharon las opiniones de los integrantes y representantes de los pueblos originarios, por lo que los diputados que conforman esta Comisión aprobaron el dictamen que fue enviado al Pleno para su votación.

El diputado consideró que esta Ley se trata de una deuda histórica con los pueblos y comunidades indígenas del estado, destacando que el objetivo de esta ley, el cual se establece en el Artículo 1 es promover, respetar, proteger y garantizar el pleno ejercicio de sus derechos colectivos e individuales.

En este sentido, dijo que las personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas mantienen una capacidad histórico-cultural específica que permea en todos los aspectos de su vida colectiva y les permite sobrevivir, pese a desconocer sus legítimos derechos.

Por lo anterior se debe asegurar el respeto de sus particularidades culturales como premisa para garantizarles los demás derechos que nacen y se interrelacionan con su permanencia en el tiempo, cuyo origen es precedente a la creación de la nación mexicana.

Ante esto se destacan los derechos a la autodeterminación, autoadscripción y autonomía, los cuales les permiten nombran libremente a sus autoridades y representante, así como definir las formas internas de organización política, económica, social, cultural y territorial.

Según el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática a nivel nacional existe población de 25 millones 694 mil 928 de personas se auto adscriben indígenas, de las cuales 401 mil 195 corresponde al 11.3 por ciento de la población total de Chihuahua, las cuales siguen demandando de las autoridades federales, estatales y municipales, el reconocimiento y garantía de sus derechos esenciales como premisa de un trato igualitario.

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