La publicación dice:
«EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
SE REFORMA LA FRACCIÓN II Y SE ADICIONA UNA FRACCIÓN III AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE LOS HUSOS HORARIOS EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo Único.- Se reforma la fracción II y se adiciona una fracción III al artículo 5 de la Ley de los Husos Horarios en los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 5. …
- …
- Para los municipios de Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, del Estado de Chihuahua, acorde a sus correlativos a su franja fronteriza, se aplica el meridiano 90 grados al oeste de Greenwich;
- Para el Estado de Baja California, así como para los municipios de Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero y Guadalupe, del Estado de Chihuahua, acorde a sus correlativos a su franja fronteriza, se aplica el meridiano 105 grados al oeste de Greenwich.
Además deja en claro que esta nueva dispocición entrará en vigor a partir de mañana miercoles 30 de noviembre.