Delia Valentina Melendez, juez de Control señaló que la orden de la juez de Octavo de Distrito es unilateral y tiene que cumplirse, por lo que no se está en condiciones de llevar a cabo la audiencia.
El amparo fue interpuesto por María Ávila Serna, quien alegó que no tiene acceso a los documentos de la carpeta de investigación.
“Se señalado cuestiones que han acontecido y que pueden llegar a acontecer de varios juicios de amparo, a mí me constriñe atender esta orden el Poder Judicial, sino se realiza, implica una transgresión a ésta, la autoridad que ordenó es quien lo establecerá, se trata de una cuestión que escapa al Tribunal Superior de Justicia”, dijo la juez Meléndez.
Ante esto, el Ministerio Público insistió que lo que busca la defensa de ambas representadas es retrasar la audiencia de formulación de imputación, como lo han hecho desde noviembre del año pasado.
La juez consideró que, aunque la suspensión provisional es a favor de María Ávila Serna, el principio de unidad jurídica señala que los involucrados deben de comparecer siempre al mismo tiempo y que el caso sea con la presencia de los mismos para evitar contradicción de resoluciones y economía procesal.
Por lo anterior, suspendieron la audiencia.