Por cuatro votos contra uno fue que la Primera Sala del Máximo Tribunal del país aprobó una jurisprudencia que avala un artículo de la Ley de Instituciones de Crédito, en la que establecen que el secreto bancario operará cuando sea información requerida por las autoridades hacendarias federales.
La norma no es contra la constitución, en el artículo 16 protege el derecho a la privacidad, la facultad de las autoridades hacendarias para obtener información bancaria sin autorización judicial persigue una finalidad de satisfacer los requisitos.
La Sala dispone negar el amparo promovido por empresario acusado de fraude fiscal y lavado de dinero, por operar como presunto prestanombres de Javier Duarte, ex gobernador de Veracruz, Mansur Cisneyros, en la compra de terrenos por 439 millones de pesos mediante empresas fantasmas.
Mansur, quien radica en Canadá desde 2017, alega en su amparo que fue inconstitucional el acceso a la información de sus cuentas por el caso del lavado de dinero, y que los datos fueron entregados a la Unidad de Inteligencia Financiera, que forma parte de la Secretaría de Hacienda, la cual se encarga de prevenir el lavado de dinero, no de recaudar impuestos.