Recordó que en 2022 se hicieron modificaciones a la ley para que dicho padrón esté a cargo de la Dirección de Registro Civil y en este sentido, las altas y bajas se realizan únicamente por instrucción de los juzgados.
Asimismo, recordó que la carta de no adeudo alimentario se requiere para trámites como el aspirar a cargos públicos o candidaturas de representación popular, tramitar licencias y permisos de conducir, participar en procesos de selección para jueces, magistrados y consejeros del Poder Judicial, solicitudes de matrimonio y para ser proveedor en cualquier nivel de gobierno.
El director de Registro Civil mencionó que la carta de no adeudo alimentario se puede expedir sin costo alguno a través del portal rc.chihuahua.gob.mx/deudores ingresando únicamente el nombre completo y la CURP.