Será por teleconferencia, pese a rechazo de la defensa
El Tribunal de Enjuiciamiento que procesa a José Bryan S. Z., alias “El Bryan”, acordó llamar a comparecer por teleconferencia a los testigos protegidos ofrecidos por la Fiscalía del Estado para declarar en contra del imputado por el delito de secuestro agravado, ocurrido el 19 de mayo de 2020 en Valle de Zaragoza.
Los testigos aceptaron comparecer, siempre y cuando sea por vía remota; además, renunciaron a su derecho de hacerlo con el rostro difuminado y su voz distorsionada, por lo que aparecerán en pantalla frente al Tribunal instalado en esta ciudad, donde participan además de tres jueces, los abogados defensores del acusado, la parte acusadora y un representante de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Las identidades de los testigos permanecieron bajo reserva, tal como había sido acordado en el auto de apertura del juicio oral 16/2023, que comenzó desde el nueve de octubre con el imputado en el Cereso de Aquiles Serdán, hasta que hace unos días fue trasladado al Cefereso del Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México.
Al celebrarse ayer la octava audiencia de debate, los agentes del Ministerio Público solicitaron al Tribunal de Juicio Oral, encabezado por el juez Omar Meléndez Renova, aceptara las comparecencias de los testigos enlistados desde el comienzo del proceso, pero por la vía virtual, debido al riesgo que representa para los mismos el acudir de manera presencial.
Luego de desistirse de la presentación de tres testigos que comparecerían, la agente acusadora solicitó dicha modalidad electrónica para los protegidos que, dijo, están fuera del país y fueron desplazados de su tierra de origen debido a la violencia atribuida al grupo criminal al que presuntamente pertenece el acusado hoy recluido, el Cártel de Sinaloa.
“Nadie les garantiza que saliendo de aquí no los vayan a matar”, declaró la agente del MP, al pedir que fuera aceptado el testimonio de quienes calificó también como víctimas de la violencia criminal, en respuesta al rechazo de la defensa para que fuera aprobada su comparecencia virtual, dado que los abogados del imputado consideraron que era más adecuada la presencia de los declarantes.
Sin revelar detalles de la ubicación de los testigos, la parte acusadora sostuvo que están lejos de su país, pero están dispuestos a comparecer vía remota, aún sin que sea difuminado su rostro ni distorsionada su voz, como puede realizarse en estos casos.
Ante la petición, los abogados defensores de “El Bryan” pidieron que la comparecencia fuera presencial, pues la Fiscalía del Estado tiene los medios y la fuerza para garantizar la seguridad de los testigos, además de que, afirmaron, los agentes del Ministerio Público no han fundamentado durante el proceso la peligrosidad del imputado, ya que han basado la acusación en puros supuestos y especulaciones.
Además, argumentaron que la misma Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (Ceave), que también tiene representación en el juicio de forma permanente, había señalado que los testigos protegidos a los que se refiere el Ministerio Público, habían manifestado que no querían intervenir de forma alguna en el proceso, por lo que consideraron inadecuada su participación en la modalidad virtual.
Ante ello, el representante de la Ceave reiteró que en efecto los testigos no habían querido mantener el contacto con el caso a través de esta dependencia de asistencia y acompañamiento a las víctimas, pero mantenían la comunicación mediante el MP, porque así estaban más cómodos.
La postura fue respaldada por el MP, cuya agente insistió en que los testigos no es que no quieran participar, sino que tienen temor de las represalias que puedan enfrentar si lo hacen de forma presencial, así que pidió que se les respetara el derecho de ser escuchados.
Para tomar una determinación, el tribunal declaró un receso y al regresar acordó favorablemente la petición del Ministerio Público, argumentando preceptos de la Ley General de Víctimas y del Código Nacional de Procedimientos Penales, mediante los cuales rechazó la petición de los defensores de que las comparecencias fueran de forma presencial.
De esta forma, los jueces decidieron que los testigos protegidos pueden comparecer de forma virtual, con el tribunal instalado en Delicias y el imputado en la prisión federal de alta seguridad donde permanece recluido desde la semana pasada.
Previamente, la parte acusadora y la defensora, debatieron sobre una prueba documental ofrecida por la primera, consistente en reportes de denuncias anónimas y de actuaciones de la Fiscalía Zona Sur que documentaban diversos delitos en la zona del Valle de Zaragoza.
Los defensores pidieron que la documental no fuera desahogada porque en una audiencia pasada había sido presentada como testigo una agente de la Unidad Antisecuestros de la Fiscalía del Estado, la cual relató el contenido de los informes que pretendía el Ministerio Público volver a presentar.
El tribunal decidió admitir la prueba documental con algunas restricciones, dándole la razón en parte a los defensores y a la parte acusadora.
En dichos reportes, el MP dio cuenta de siete asesinatos ocurridos entre mayo de 2020 y octubre de 2021, en el Valle de Zaragoza y el municipio de Satevó; la mayoría de las víctimas estaban relacionadas familiarmente con la víctima del secuestro que es imputado a “El Bryan”.
El MP presentó los reportes de cada homicidio, desde la llamada inicial del hallazgo hecha por corporaciones municipales, hasta la identificación de las víctimas, sin relacionar directamente al imputado con dichos sucesos, considerados con vinculación al secuestro que dio origen al caso penal presentado.
Asimismo, la parte acusadora hizo un relato de varias denuncias anónimas de pobladores de la región, que identificaban a personajes como “El Cholo”, “El Lalo”, “El Rojo” y “El 300”, en delitos como extorsiones, robo de casas e implementos agrícolas, homicidios y amenazas, entre otros; anteriormente a estos sujetos se les había mencionado en audiencias como integrantes del mismo grupo delincuencial al que presuntamente pertenece “El Bryan”.
El contenido de dichos informes no fue rebatido por los defensores, quienes, en audiencia anterior, cuando compareció la testigo que los había relatado, habían señalado que nada de eso vinculaba a su representado con actividad delictiva en la región y menos con el caso de secuestro que hoy se le imputa.
Luego del desahogo de la documental, vino el debate por la presentación de los testigos protegidos a partir de la audiencia de hoy, con lo que concluyó la diligencia judicial.