El titular de la dependencia, Diódoro José Siller Argüello, informó que las y los trabajadores deberán recibir un mínimo de 15 días de sueldo por año laborado; sin embargo, si no se tuvo actividad el año completo, se deberá percibir el monto proporcional.
Según lo establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el pago de este derecho deberá realizarse antes del próximo 20 de diciembre.
Para recibir orientación y asesoría de manera gratuita por parte de personal especializado, se pone a disposición la línea telefónica del Centro de Conciliación Laboral: (614) 429-33-00 a través de las extensiones 26301 y 26303, o bien de manera presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en calle Allende #901, colonia Centro.
Asimismo, en los sitios web www.stpschihuahua.com y www.ccl.chihuahua.gob.mx se podrá encontrar toda la información.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma, de modo que se contemplan sanciones económicas para este tipo de infracciones.