En contraste, aplica multas de hasta 38 mil 700 pesos a quienes estando obligados incumplieron con declarar a tiempo.
Ahora, advirtió Abel Garza Gómez, presidente del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León, las personas físicas deberán emprender un largo y difícil proceso para recuperar esos saldos a favor.
«A pesar de contar con declaraciones prellenadas, las personas físicas están siendo notificadas del rechazo a la solicitud de saldos a favor en su declaración anual», expuso Garza Gómez.
«Un problema que esto ocasiona es que para solicitar nuevamente la devolución, ahora de forma manual, lo tendrán que hacer utilizando la firma electrónica, por lo que muchos contribuyentes tendrán que sortear el reto de ir en búsqueda de una cita para obtener o renovar dicha e-firma».
Mario García Treviño, fundador de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos de Nuevo León, estimó que la recuperación de saldos a favor por parte de los contribuyentes que cumplan con todo el proceso llevará de 60 a 90 días, en el mejor de los casos.
«Los requisitos que deben cumplir las facturas son cada vez mayores y eso provoca este tipo de situaciones (que se nieguen las devoluciones), pero en la contraparte las multas son desproporcionadas, pues llegan a aplicarse sanciones de 38 mil pesos a contribuyentes cuyos ingresos son menores a 20 mil pesos», lamentó.
Sobre esto último, Garza Gómez detalló que las multas van de los mil 560 a los 19 mil 350 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas, así como una sanción de mil 560 a 38 mil 700 pesos al presentar una declaración fuera del plazo señalado.
La fecha límite para la declaración anual de impuestos del 2021 fue el pasado 30 de abril.
García Treviño advirtió que a la larga, este tipo de sanciones o la negativa de devoluciones podría acabar por reducir la recaudación de impuestos.
El pago incompleto o la negativa total a la devolución de saldos a favor es un problema generalizado en las personas físicas que la solicitaron en su declaración anual, afirmó Garza Gómez.
Añadió que tiene conocimiento que algunas de esas personas físicas están siendo notificadas por el SAT del rechazo parcial o total.
Entre las inconsistencias detectadas por el SAT, señaló, están que quien hace las retenciones del impuesto pagado en exceso no efectuó el pago de las mismas, y el fisco lo refiere con frases como «el retenedor manifestó no tener relación contigo».
Otro motivo para la negativa de devolución es que el SAT afirma que detectó inconsistencias en las deducciones e ingresos acumulables, es decir, ingresos por «Retenedores desconocidos por el contribuyente».