Este pasado 4 de diciembre se dieron a conocer los trastornos mentales que son riesgo laboral dentro de las empresas. 

El Diario Oficial de la Federación publicó la reforma de la Ley Federal del Trabajo que incluye ciertos trastornos mentales que ahora son riesgo laboral en las empresas.

La gravedad de estas afecciones está asociada con la exposición a factores de riesgo psicosocial en el entorno ocupacional.

Estos son los trastornos considerados por las autoridades como riesgo laboral:

  • Trastorno de ansiedad
  • Trastornos del ciclo sueño-vigilia
  • Estrés
  • Trastorno depresivo

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), si el riesgo se produce al trabajador una incapacidad temporal, la indemnización consistirá en el pago íntegro que deje de percibir mientras subsista la imposibilidad de trabajar. El pago se deberá de hacer desde el primer día de la incapacidad.

Si a los tres meses de la incapacidad, el trabajador no está en aptitud de volver al trabajo, él mismo o el patrón podrá pedir, en vista de los certificados médicos respectivos, se resuelva si debe seguir sometido al mismo tratamiento médico.

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