El decreto fue impugnado por una asociación civil defensora del medio ambiente, que afirma que estas prácticas no pueden ser protegidas, pues se maltrata y causa la muerte a los animales.
El Ministro Alberto Pérez Dayán propuso a sus colegas conceder el amparo, en un proyecto que concluye que la muerte del toro en el ruedo es contraria a la Norma Oficial Mexicana que establece los métodos para sacrificar al ganado y otros animales, y prohíbe procedimientos que les causen sufrimiento o prolonguen su agonía.
Si el amparo es concedido, su único efecto será invalidar el decreto de Nayarit, pero la sentencia sería un precedente en el cual la Corte ya estaría adelantando su aprobación a las prohibiciones que se puedan ir imponiendo en los estados.
Y plantean despenalizar cannabis personal
El Ministro Juan Luis González Alcántara propuso a la Primera Sala declarar inconstitucional una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, que sólo permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, pero castiga con hasta tres años de cárcel si excede esa cantidad.
De ser aprobado el proyecto, la Corte devolverá a fiscales y jueces la facultad de aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad. De ser este el caso, la persona no podrá ser acusada penalmente.
En junio de 2021, el Pleno de la Corte eliminó los artículos de la ley que prohibían absolutamente el consumo de cannabis, pero esa declaratoria general sólo obliga a que la Secretaría de Salud expida permisos a los interesados, y no tuvo efectos en el ámbito penal ni protege a quienes no tengan dichos permisos.
La intervención del Estado en la posesión de cannabis para uso personal es una interferencia arbitraria en la dignidad, vida privada y autonomía de la persona, dice el proyecto.