Llevar alimentos al cine es permitido según la Ley Federal de Protección al Consumidor, así lo explicó la abogada Marcela Torres en sus redes sociales. 

La Ley Federal de Protección al Consumidor estipula que los cines no pueden prohibir a las personas ingresar con alimentos porque pueden incurrir en prácticas abusivas.

A través de sus historias, la abogada y creadora de contenido Marcela Torres explicó que los cines tienen prohibido negar la entrada a las personas que lleven alimentos que no compraron en sus instalaciones.

Según el artículo 10: “Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación. 

En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. 

La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado. 

Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. 

Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor”.

Es decir que si tu decides llevar algún alimento que no venden en el cine, legalmente puedes entrar con ello y consumirlo sin problemas.

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