Derivado de la reforma educativa de los artículos 3º, 31 y 73 en la Constitucional Política de los Estados Unidos Mexicanos en el año 2019, el gobierno actual en la creación de las nuevas leyes reglamentarias, en la Ley General de Educación suprimió la función del asesor técnico-pedagógico, así como, omitió concederles facultades y reconocimiento como profesionales de la educación para la continuidad de sus funciones de manera oficial y con reconocimiento de la Secretaría de Educación.
La labor trascedental de un educador o docente es ser ese puente que evite las barreras de aprendizajes y por ende facilitar y otorgar una educación básica de calidad, mismo que asume ante el Estado y la sociedad, teniendo la responsabilidad del aprendizaje de los alumnos en la escuela y para la vida, en consecuencia, es responsable de los procesos de enseñanza y aprendizaje, como promotor, coordinador, facilitador, investigador y agente directo del proceso educativo, función que en su mayoría requiere de un apoyo técnico para que en equipo diseñen esas estrategias didácticas favorables para los alumnos.
Razón por lo que la legisladora consideró importante reconocer nuevamente en la Ley General de Educación al asesor técnico-pedagógico e incluir nuevamente su labor, a fin de que el personal docente encuentre el apoyo y la asesoría técnica integral adecuada encaminada a fortalecer las competencias de los maestros que integran el sistema educativo nacional y prioritariamente en beneficio de las nuevas generaciones de estudiantes en México.