os magistrados del Tribunal Electoral aprobaron por unanimidad de votos que el evento de Andrés Manuel López Obrador sí fue propaganda gubernamental, por lo cual infringió la ley electoral.
De acuerdo con el artículo 134 de la Constitución, queda prohibido difundir propaganda gubernamental en tiempos de campaña, pero aún así lo hizo el presidente en su informe del pasado 30 de marzo.
El artículo de la Constitución prohíbe este tipo de eventos porque tienen “el objetivo de persuadir a la sociedad de que el estilo de su gestión gubernamental resultaba loable, en una fecha en que ya había iniciado el proceso electoral en todo el país y se desarrollaban campañas en seis estados”.
El asunto pasó por el INE y la Sala Regional Especializada, hasta llegar a la Sala Superior del Tepjf, que ordenó revocar la resolución de la Sala Especializada por no analizar las pruebas a fondo.
Y establece el Tribunal Electoral que se deberá emitir por parte de las autoridades electorales una nueva sentencia que sancione al presidente.
Video | Sesión del Tepjf (26 de mayo).