El legislador local, que fue expulsado de Morena por hacer expresiones homofóbicas, argumentó en su exposición de motivos que la violencia familiar es un tema de salud pública, mientras “proteger la vida del menor en su etapa de gestación, es un Derecho Humano que debemos salvaguardar en nuestra Carta Magna y en la legislación penal”.
Señaló que presentó una iniciativa de reforma al artículo 313 TER del Código Penal para el Estado de Nuevo León, con relación al homicidio a razón del parentesco, contenido en el título décimo quinto que comprende los delitos contra la vida y la integridad de las personas.
El artículo 313 TER quedaría como sigue: “Al que prive de la vida a su ascendiente o descendente consanguíneo en línea recta, al producto de la concepción en cualquier momento de la preñez, hermano, cónyuge, conviviente, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esa relación se le impondrá prisión de treinta a sesenta años”.
Habló de la violencia fetal
El diputado del PES argumentó que la violencia no tiene género y puede darse en el entorno social, laboral y en el familiar. Sin embargo, en este caso se trata de abordar la violencia hacia la mujer y el niño en gestación.
Leal Segovia dijo que la promoción al aborto es un tipo de violencia dirigida a los niños por nacer o que sufren violencia fetal. Agregó que el abuso fetal fue reconocido desde 1957 cuando la ONU lo estableció en la Declaración de los Derechos del Niño, en el sentido de que el niño requiere por su inmadurez física o mental, la protección legal adecuada, antes o después del nacimiento.
Expresó que el abuso fetal es todo acto intencional o de negligencia que afecte al feto en cualquier etapa de su desarrollo, por cualquier persona que tenga injerencia en el embarazo, la intervención de instituciones, de una sociedad que prive al recién nacido de sus derechos, o que dificulte su óptimo desarrollo físico, psicológico o social.