De acuerdo con el proyecto de resolución publicado este jueves por la Corte, el ministro consideró que la materia de la consulta, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva una restricción en los derechos humanos de los ciudadanos.
“El objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”, señala el documento.
Si la Corte vota por declarar inconstitucional la consulta planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, deberá notificar al Senado de la República y se declarará como asunto definitivamente concluido porque la ley no establece ningún medio de impugnación.
En sus redes sociales, la SCJN informó que el proyecto del ministro Luis María Aguilar sobre la consulta popular será discutido en la sesión de 1 de octubre.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación recibió el pasado 15 de septiembre la solicitud de consulta popular del Poder Ejecutivo, para enjuiciar a cinco expresidentes por presuntos actos de corrupción.