Por lo tanto, quedaron sin efectos las decisiones de ejercer la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión de las precampañas de 2021, y la prohibición del INE a concesionarios de radio y televisión de Hidalgo y Coahuila de transmitir íntegras las conferencias matutinas del presidente López Obrador.
En el primer caso se ordena motivar la urgencia para ejercer la facultad de atracción, y en el segundo caso, modificar el acuerdo, retirando del mismo la parte en la que se prohíbe a los concesionarios de esas entidades la transmisión íntegra de las conferencias, esto, porque ninguna dependencia o partido político le preguntó sobre el tema y con su respuesta violó el principio de congruencia.