La propuesta destaca en el xx Bis del artículo 2, que deberán realizarse estudios basados en el análisis del conjunto de signos clínicos observados en los animales, que permite descartar o confirmar mediante pruebas de laboratorio la presencia de enfermedades y plagas, esto con ayuda de la autoridad competente.
También que los animales mostrencos, es decir los que no tienen dueño, están abandonados, no sean reclamados o dueños no puedan comprobar su legitimidad serán subastados por el gobierno, esto de acuerdo a los cambios del artículo 35.
En cuanto al aspecto de las multas que realiza la Secretaría de Desarrollo Rural establece que; “El monto de la reparación del daño, será el titular de la Secretaría o quien este designe, la autoridad que se hará cargo de dicha calificación, apreciados para tales efectos de manera discrecional, los motivos que tuvo para imponer la sanción”, esto de acuerdo al artículo 227.
Aquí la inicitva completa que aún no llega a la discusión en el pleno por parte de los diputados.
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