“Se ha escuchado hablar de que hay muchos abogados ofreciéndoles ayuda para promoverles amparos pero la realidad es que no procede el Amparo sin antes agotar una audiencia con el Juez de Ejecución , todo esto ya fue resuelto 05 de noviembre de 2020en la jurisprudencia 2023736”, apuntó.
Añadió que al realizar este proceso legal se respeta el principio de definitividad que rige en el amparo, es decir una vez que el Juez de Ejecución resuelva si fue o no legal el traslado urgente, es en ese momento que se podrá interponer el recurso del amparo.
Destacó que trasladar a una persona que está detenida representa alejarla de sus seres cercanos, lo que implica una afectación a su persona y reduce la posibilidad de que pueda reintegrarse a la sociedad.